Lucía Pérez: ¿cuáles fueron los argumentos de la Justicia para desestimar el femicidio?

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El fallo sobre el caso de Lucía Pérez causó indignación a nivel nacional: los jueces del Tribunal Oral en lo Criminal Nº 1 de Mar del Plata consideraron que no hubo abuso sexual, violación, ni femicidio. De la lectura de la sentencia, parecería desprenderse que su muerte fue producto de un «accidente», en el que se le otorga total responsabilidad, sin culpables. ¿Cuáles fueron los argumentos del tribunal para dictar una sentencia que, una vez más, es funcional a un Estado patriarcal? (Foto: La Izquierda Diario)



La sentencia del Tribunal Oral en lo Criminal Nº 1 de Mar del Plata sobre el crimen de Lucía Pérez, la joven asesinada en 2016, causó indignación en todo el país. Matías Farías y Juan Pablo Offidani, acusados de abuso sexual y femicidio, fueron absueltos de los cargos y únicamente condenados a ocho años de prisión y una multa de de 135 mil pesos por “tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravado por ser en perjuicio de menores de edad y en inmediaciones de un establecimiento educativo”. Por su parte, Alejandro Maciel, acusado de encubrimiento al haber ayudado a trasladar el cuerpo de Lucía a la sala de emrgencias en Playa Serena, fue absuelto.

«Todo fue en un marco de normalidad y naturalidad, todo fue perfectamente querido y consentido por Lucía Pérez», coincidieron los magistrados.

Tal como puede leerse en el fallo, para los jueces Facundo Gómez Urso, Pablo Viñas y Aldo Carnavale, «no existen elementos probatorios que permitan señalar que Lucía se encontraba en una situación de subordinación o vulnerabilidad que le imposibilitaran consentir libre y voluntariamente una relación sexual, no habiéndose visto forzada ni física, ni moralmente a concurrir a la vivienda a Farías el día en que ocurrió su deceso». «Todo fue en un marco de normalidad y naturalidad, todo fue perfectamente querido y consentido por Lucía Pérez», coincidieron los magistrados, dejando de lado el hecho de que los acusados – varones adultos –  se vincularon con una joven de 16 años a través de la venta de drogas – que según el peritaje causaron su muerte – propiciando un contexto de vulnerabilidad que fue completamente desestimado.

(Leer nota relacionada: Lucía Pérez: la Justicia absuelve a los acusados de abuso sexual y femicidio)


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Foto: Diario La Provincia



Para la Justicia, no hay culpables. Del veredicto parece desprenderse que se trató de un accidente, «un final trágico», como menciona el juez Gómez, que no tuvo relación alguna con el abuso sexual. No existió para ellos asimetría de poder ni relación de dominación y, para afirmarlo, se basaron, como ya es costumbre en el machismo inherente al sistema estatal, en las conductas y la vida de la adolescente. «(…) Lucía era de tener relaciones con hombres a los que apenas conocía pero que eso ocurría por propia elección y cuando ella lo quería», dice uno de los jueces citando a la abogada defensora, Laura Solari. «(…) «Fue Lucía quién a las 7:19 horas del día de su muerte comenzó la conversación con Farías y que tan interesada estaba en verlo que horas después le volvió a decir si la pasaba a buscar o no», dijo Solari en su exposición. 

Para la Justicia, no hay culpables. Del veredicto parece desprenderse que se trató de un accidente, «un final trágico», como menciona el juez Gómez, que no tuvo relación alguna con el abuso sexual.

Según se lee en el fallo, los jueces acordaron entonces con la defensa en que Lucía tenía un «carácter fuerte» y que, por lo tanto, «no estaría con nadie sin su consentimiento», que ella fue voluntariamente a la casa de Farías y que tomó la decisión sin haber sido coaccionada, y que no estaba en una situación de drogodependencia como para ver anulada su voluntad. «Con respecto a la situación de vulnerabilidad de Lucía, la Dra. Solari señaló que la misma tenía más de 20 faltas en el colegio por haberse quedado consumiendo estupefacientes, que tenía relaciones con todos aquellos que le gustaban. Que no tenía una gran situación de dependencia y no estaba dispuesta a hacer cualquier cosa para consumir drogas», cita uno de los jueces, en un pasaje estigmatizante que responsabiliza a la joven.  

En este sentido, el juez Carnevale afirma en el documento: «Lucía a pesar de su edad, tenía la capacidad suficiente como para decir no a los avances o propuestas que le habrían formulado sujetos a los que le había comprado droga. Resulta muy importante para reforzar esta idea de que Lucía no estaría con nadie sin su consentimiento (…) De los chats analizados surge claramente que sus vivencias alejan por completo la posibilidad de que hubiera sido sometida sin su voluntad». «Lucía tenía 16 años y Farías 23, por lo que sería muy forzado hablar de una situación de desigualdad o superioridad, sobre todo teniendo en cuenta la personalidad de Lucía quién no se mostraba como una chica de su edad y que además había referido mantener relaciones con hombres de hasta 29 años«, agregó Carnevale.


De izq. a der: los jueces Carnevale, Viñas y Urso/ Foto: QUÉ Digital



Los fundamentos del veredicto son claros: en gran parte se basan en la personalidad y la vida privada de Lucía para negar abuso y violación. De acuerdo a los jueces, el haber mantenido relaciones con hombres mayores de edad cuando y como ella lo quiso hacía imposible que fuera víctima de violencia sexual. Ante la superficialidad – y el machismo – de estos argumentos, cabe preguntarse entonces: ¿tendría que haber existido un historial de violencia en la vida de Lucía para que los jueces no descartaran el abuso? ¿La capacidad y voluntad de haber podido expresar su consentimiento en el pasado hacían inviable entonces cualquier agresión futura? ¿Haber vivido según su propio deseo la hacía entonces invulnerable a la violencia machista?

¿La capacidad y «voluntad de haber podido expresar su consentimiento en el pasado hacían inviable entonces cualquier agresión futura? ¿Haber vivido según su propio deseo la hacía entonces invulnerable a la violencia machista?

La realidad muestra todo lo contrario. Si fuera así, no nos encontraríamos en un contexto de emergencia, en el que una mujer es asesinada cada 32 horas y en el que, disfrutar libremente de la sexualidad, es de hecho el origen de muchas violencias. ¿Cómo puede hablarse de «total normalidad» luego de que se hubo probado que a Lucía le suministraron cocaína? ¿Cómo se consideró, dadas esas circunstancias, que hablar de desigualdad es «forzado»?» Uno de las justificaciones con la que los jueces buscaron avalar sus argumentos fue la mala actuación de la fiscal que inicialmente tomó el caso, María Isabel Sánchez, que en una conferencia de prensa dio detalles sobre el asesinato que no se apoyaban en ningún informe médico oficial y que, más tarde, fueron contradichos por la junta médica.




Sin embargo, las declaraciones de la fiscal – que posteriormente renunció al caso – no quitan que se haya tratado efectivamente de una relación de asimetría, y que se haya desestimado el contexto de sumisión que se construye culturalmente y que es la base de la violencia de género. «Hay una situación de dominación de estos varones con jóvenes, esto no se comprueba con huellas físicas. Esa dominación se entiende desde una perspectiva de género que te permite ver estos controles territoriales que ejercen algunos varones con las mujeres”, dijo a Cosecha Roja Laura Malacalza, perteneciente al Observatorio de Violencia de Género de la Defensoría del Pueblo, convocado por la querella en el juicio.

Las declaraciones de la fiscal Sánchez – que posteriormente renunció al caso – no quitan que se haya tratado efectivamente de una relación de asimetría, y que se haya desestimado el contexto de sumisión que se construye culturalmente y que es la base de la violencia de género

El Tribunal dejó de lado la construcción de esos vínculos de opresión, basados en convenciones y tratados internacionales, se apoyó en la vida íntima de Lucía y en la ausencia de lesiones «compatibles con abuso» lo que, como se lee también en el fallo de parte de varios profesionales, no se traduce necesariamente en la presencia de consentimiento. Pero lo cierto es que Lucía murió el 8 de octubre de 2016, y no fue bajo su propia responsabilidad, ni por su culpa como desprende de una sentencia que, a pesar de afirmar lo contrario, no contempló la necesaria perspectiva de género para dejar de invisibilizar las violencias que todos los días se cobran la vida de las mujeres.


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