Ley de Identidad de Género en Sudamérica: ¿cuál es la situación en cada país?

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La perspectiva de género está extendiendo sus raíces por los países latinoamericanos. En el camino hacia una sociedad respetuosa y libre de discriminación, Chile es uno de los que dio otro paso en el continente: la sanción de la ley de identidad de género. Esta norma es un avance más que significativo para el colectivo trans en una región en el que sus derechos son sistemáticamente vulnerados. ¿Cuáles son los avances legislativos en el resto de los países de Sudamérica? (Foto: China Díaz)



Chile dio otro paso histórico en lo que a materia de derechos humanos se refiere. Con 95 votos a favor y 46 en contra, luego de cinco años desde que se introdujo la propuesta, la ley de de identidad de género fue aprobada por la Cámara de Diputados, permitiendo el cambio de género en el Registro Civil o bien en el tribunal de familia, en caso de que la persona esté casada -. Si bien la norma tiene falencias – como no reconocer las infancias trans, ya que solo aplica para mayores de 18 años y para menores de entre 14 y 18 con autorización de los padres – representa un avance significativo para los derechos de uno de los colectivos más vulnerados de toda Latinoamérica.

De acuerdo al Observatorio de Personas Trans Asesinadas de la ONG Transgender Europe (TGEU), entre el 1 de enero de 2008 y 30 de septiembre de 2016, se registraron al menos 2264 asesinatos de personas trans en 68 países en todo el mundo, de los cuales un 78% ocurrió en América del Sur y Central.

Aunque en la mayoría de los países de la región se sancionaron normativas que permiten adecuar el documento de las personas de acuerdo a su identidad autopercibida, aún se está lejos de un escenario que permita el pleno reconocimiento de los derechos del colectivo, lejos de la estigmatización y de la violencia que sufre de forma cotidiana. De acuerdo al Observatorio de Personas Trans Asesinadas de la ONG Transgender Europe (TGEU), entre el 1 de enero de 2008 y 30 de septiembre de 2016, se registraron al menos 2264 asesinatos de personas trans en 68 países en todo el mundo, de los cuales un 78% ocurrió en América del Sur y Central. Cabe destacar que estas cifras son solo parciales, puesto que hay muchos casos que no se reportan, o que no se contemplan como transicidios, precisamente al no reconocerse la identidad.

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Foto: Pousta



Estos datos ponen de manifiesto el arraigamiento de una cultura machista y patriarcal que expulsa y reprime toda disidencia. Tal como señala la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en su informe «Violencia contra personas lesbianas, gays, bisexuales, trans e intersex en América», publicado en 2015, estos crímenes se caracterizan por el nivel de ensañamiento y crueldad contra el colectivo LGBTTIQ. “Los homicidios por razones de género imputables a la orientación sexual y la identidad de género se caracterizan por un grado de violencia física grave que en algunos casos supera al que se encuentra en otros tipos de delitos de odio», se afirma en el documento.

Que desde el Estado se diferencie el sexo biológico de la identidad autopercibida, permite exceder los paradigmas conservadores para hacer énfasis en la construcción cultural y social que atraviesa a todas las personas.

El camino para construir una sociedad respetuosa de la diversidad es largo y las necesidades son numerosas, pero un primer paso es el reconocimiento legal de la identidad de género. Que desde el Estado se diferencie el sexo biológico de la identidad autopercibida, permite exceder los paradigmas conservadores para hacer énfasis en la construcción cultural y social que atraviesa a todas las personas. Plasmar eso en un documento no es poca cosa: resulta fundamental para evitar la discriminación en el ámbito público y para el acceso a los servicios.

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Foto: China Díaz


Argentina

Con la Ley Nº 26.743 de Identidad de Género sancionada el 9 de mayo de 2012, Argentina se convirtió en un país pionero en el mundo. Así, se reconoció legalmente el derecho a la identidad autopercibida y se permitió, desde aquel momento, que las personas trans tengan documentos con nombre y género a elección. El único requisito es el propio consentimiento, sin necesidad deacreditar una intervención quirúrgica o terapias hormonales, como sucede en otros países de la región. Además, la ley garantiza la total confidencialidad del trámite y la inclusión de los tratamientos médicos que se requieran para la adecuación a la expresión de género en el Programa Médico Obligatorio, permitiendo la cobertura de las prácticas en el sistema de salud público y privado. 

Con la Ley Nº 26.743 de Identidad de Género sancionada el 9 de mayo de 2012, Argentina se convirtió en un país pionero en el mundo. Así, se reconoció legalmente el derecho a la identidad autopercibida y se permitió, desde aquel momento, que las personas trans tengan documentos con nombre y género a elección

De acuerdo a los datos del Registro Nacional de las Personas (Renaper), más de 5 mil personas pudieron cambiar sus DNI desde la sanción de la ley. Sin embargo, y aunque este fue un paso histórico, es importante destacar que en Argentina, los derechos del colectivo trans y travesti son vulnerados sistemáticamente, mediante atropellos que tienen sus raíces en una cultura machista que es necesario modificar de base. La libertad sobre los cuerpos y las sexualidades es aún una deuda pendiente que solo puede saldarse con una educación con perspectiva de género desde la primera infancia.

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Foto: China Díaz


Uruguay

Aunque Uruguay sancionó en 2009 la ley 18.620 de «Derecho a la Identidad de Género y al Cambio de Nombre y Sexo en Documentos Identificatorios», la norma presenta algunos obstáculos. Tal como se informa en Amnistía Internacional, se establece como requisito la presentación de un informe por parte de un equipo multidisciplinario, procedimiento que puede llevar varios meses. Según el Primer Censo Nacional de Personas Trans en Uruguay, realizado en 2016, viven en este país 933 personas personas trans, de las cuales un 62% no ha realizado el cambio de nombre y sexo registral ni tampoco ha iniciado el trámite ya que no se reconoce como sujeto de derechos.

Según el Primer Censo Nacional de Personas Trans en Uruguay, realizado en 2016, viven en este país 933 personas personas trans, de las cuales un 62% no ha realizado el cambio de nombre y sexo registral ni tampoco ha iniciado el trámite ya que no se reconoce como sujeto de derechos.

Esta situación busca modificarse con la Ley Integral Trans, que está siendo discutida en el Senado y que, entre su articulado, plantea la creación de una comisión de Cambio de Identidad y Género para llevar adelante el trámite, que dejaría de ser judicial para pasar a ser administrativo. Este proyecto propone además otros puntos esenciales, como la reparación estatal para todas aquellas personas trans víctimas de violencia, la inclusión de la identidad de género en todos los sistemas oficiales de información estadística, garantía de educación, vivienda y salud y la creación de cupos laborales en el ámbito público y en programas de capacitación. De esta forma, se pretende integrar al colectivo de todos los ámbitos de los que fue históricamente excluido.



Foto: China Díaz


Brasil

Si bien Brasil no cuenta con una ley específica sobre la identidad de género, el pasado mes de marzo de 2018, el Tribunal Supremo Federal decidió por unanimidad permitir que personas trans mayores de 21 años puedan cambiar su nombre en el Registro Civil sin necesidad de una cirugía de reasignación de sexo, requisito antes obligatorio. La decisión se tomó en respuesta a una consulta formulada por la senadora Fátima Bezerra, del Partido de los Trabajadores (PT), respecto a la inclusión de las mujeres trans en el cupo femenino que cada partido político debe cumplir. Según un estudio hecho por la Asociación Nacional de Travestis y Transexuales (Antra), Brasil es el país latinoamericano con mayor índice de transcidios que, entre 2016 y 2017 aumentaron un 15 por ciento.

El Tribunal Supremo Federal de Brasil decidió por unanimidad permitir que personas trans mayores de 21 años puedan cambiar su nombre en el Registro Civil sin necesidad de una cirugía de reasignación de sexo, requisito antes obligatorio.

Paraguy

Paraguay es uno de los países más restrictivos de la región respecto a los derechos de las personas trans. No existe actualmente ninguna legislación que permita cambiar la identidad en los documentos y la jurisprudencia es prácticamente nula. La primera demanda para modificar el nombre fue presentada en diciembre de 2016, por dos mujeres trans que se basaron en el artículo 25 de la Constitución sobre libertad de expresión y la libre construcción de identidad, y el artículo 42 del Código Civil, que se refiere a dicho cambio. Pero fue en mayo de 2017 cuando se produjo un fallo inédito: la Justicia autorizó la modificación del nombre de la activista, Yren Rotela Ramírez, que se convirtó en la persona trans de Paraguay en lograrlo. Sin embargo, la Fiscalía en lo Civil y Comercial apeló el fallo y ahora la acción debe ser resuelta por proceso judicial.


Foto: China Díaz


Bolivia

La ley N° 807 de Identidad de Género fue promulgada en Bolivia en mayo de 2016, luego de un trabajo de más de ocho años de activistas alrededor del país. La normativa habilita el cambio del nombre, sexo e imagen en el documento de personas trans mayores de edad por vía administrativa. No exige acreditar intervención quirúrgica ni terapias hormonales, pero sí un examen técnico psicológico para avalar la decisión. A pesar del avance que implicó, la ley encontró también resistencia de los sectores más conservadores, que presentaron un recurso de inconstitucionalidad luego de su aprobación, en el que alegan que la normativa es incompatible con la prohibición del matrimonio igualitario de la constitución bolivariana. El recurso fue admitido por el Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia a principios de 2017 y actualmente se encuentra en proceso judicial.

 A pesar del avance que implicó, la ley boliviana de identidad de género encontró también resistencia de los sectores más conservadores, que presentaron un recurso de inconstitucionalidad luego de su aprobación.

Perú

En 2016, el Tribunal Constitucional de Perú reconoció el derecho a la identidad de género y la rectificación en los documentos mediante vía judicial. Esta decisión dejó sin efecto una sentencia anterior, mediante la cual se consideraba al sexo como «inmutable» y por lo tanto inmodificable en los registros, lo cual, por lo tanto, patologizaba a las personas trans. Si bien esto representa un avance significativo, la situación ideal sería que el trámite pudiera realizarse en el ámbito civil, algo que plantea un proyecto de ley presentado también en 2016. De acuerdo a los datos del Centro de Promoción y Defensa de los Derechos Sexuales y Reproductivos, y la Red Peruana TLGB solo en la capital peruana viven alrededor de 22500 mujeres trans, de las cuales un 89% no cuenta con un seguro de salud y un 70% no encuentra otra salida laboral alternativa a la prostitución.

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Venezuela

Actualmente, en Venezuela, no existe ninguna norma que legisle sobre la identidad de género. Lo más reciente es una sentencia del Tribunal Suprema de Justicia del 2017 que admitió un recurso solicitado por la ciudadanía para reconocer el derecho a cambiar de identidad y sexo. Sin embargo, se establece también el análisis individual de cada caso, mediante un conjunto de exámenes médicos, psicológicos y psiquiátricos que «demuestren la veracidad de la identidad sexual pretendida». Aunque ya en 2010 se había modificado el artículo 146 de la Ley Orgánica del Registro Civil, permitiendo que las personas trans asuman formalmente el nombre con el cual se identifican, aún no hay registros de solicitudes que hayan sido aprobadas. 



Foto: Omar Véliz


Ecuador

En febrero de 2016, Ecuador aprobó la Ley Orgánica de Gestión de la Identidad y Datos Civiles que permite a las personas trans realizar el cambio de  nombre y omitir o cambiar la información de sexo por la de expresión de género en el DNI. Si bien su sanción representó un avance, continúan existiendo ciertas restricciones que potencian la discriminación, como por ejemplo la existencia de una doble cédula. Mientras que la categoría «sexo» sigue presente en la mayoría de los documentos de identidad, el término «género» solo se encuentra presente en las cédulas de las personas trans. Además, el trámite exige la presencia de dos testigos que acrediten una  “una autodeterminación” contraria al sexo biológico del solicitante de por lo menos dos años y solo es posible para las personas mayores de edad, vulnerando los derechos de las infancias trans.

Si bien la sanción de la ley ecuatoriana representó un avance, continúan existiendo ciertas restricciones que potencian la discriminación, como por ejemplo la existencia de una doble cédula.

Colombia

Desde 2015, un decreto presidencial permite la modificación del documento de identidad mediante un trámite adminsitrativo en el Registro Civil. No se exige ningún requisito más que una declaración jurada ante escribano firmada por la persona que solicite el cambio, dejando de lado los exámenes médicos y psiquiátricos que antes eran parte del proceso. Los antecedentes fueron casos particulares en los que, por procedimiento judicial, algunas personas pudieron acceder a la modificación, pero luego de haber accedido a cirugías.


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