Lo que no se dice detrás de la vuelta de los feriados puente

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El decreto del Gobierno encabezado por Mauricio Macri dio marcha atrás con una de sus primeras medidas y declaró la vuelta de los llamados «feriados puente». La medida, que era reclamada por los sectores vinculados al turismo, no es del todo positiva para el conjunto de los trabajadores y plantea varias diferencias en relación a la ley que fuera anulada a comienzos de la gestión de Cambiemos.



En un retroceso de sus propias medidas y a través del decreto 923/2017, el Gobierno dispuso que tres días de 2018 y otros tres de 2019 se consideren “no laborables”. Esto permite, en definitiva, que se puedan enlazar tres feriados semanales con sábados y domingos para generar en total tres fines de semana extra largos por año, lo cual ayuda a las industrias vinculadas con el turismo, además de representar un descanso adicional para los trabajadores gracias a los llamados «feriados puente».

Cabe recordar que una de las primeras medidas del actual Gobierno fue anular la ley que otorgaba estos denominados feriados puente. En palabras del propio Macri en diferentes entrevistas a los medios de comunicación, «tantos feriados no estaban probados que fueran buenos para la industria nacional». Así, tal como se caracterizaron los primeros meses de la gestión macrista, una firma alcanzó para terminar con los feriados puente.

Los días de descanso fueron citados como “no laborables”, no como “feriados”, y existe una diferencia importante entre ambos términos.

Ahora bien, la medida impulsada actualmente -también por decreto- y celebrada por el sector turístico, que venía criticando la eliminación de esos días feriados que abrían la puerta a muchos viajes relámpagos- posee una cantidad de detalles que muy pocos percibieron en un primer momento: los días de descanso fueron citados como “no laborables”, no como “feriados”, y existe una diferencia importante entre ambos términos.

Tal como informa la Televisión Pública, la ley indica que dentro del sector privado, será el empleador quien decida si los trabajadores pueden tomarse el día o no, limitando fuertemente el poder de decisión de los trabajadores. Si bien en caso de otorgarles el beneficio, les deberá abonar igual, como si hubieran trabajado, tal como sucede durante un feriado, la mayor diferencia será para los empleados que no gocen del beneficio y deban trabajar. En esos casos, no percibirán mejoras en sus salarios, puesto que el día se pagará como una jornada normal. Tampoco gozarán de otro día en compensación por el día trabajado.

la mayor diferencia será para los empleados que no gocen del beneficio y deban trabajar. En esos casos, no percibirán mejoras en sus salarios, puesto que el día se pagará como una jornada normal. Tampoco gozarán de otro día en compensación por el día trabajado.

En esa misma dirección, y a diferencia del decreto 1768 de 2013 que rigió hasta el año pasado, la denominación oficial no es la de “días feriados con fines turísticos” sino “días no laborables con fines turísticos”. Como consecuencia de ello, los sectores que esos días no tendrán actividad serán la mayoría de los organismos del Estado, los bancos, las aseguradoras y afines, dejando a merced de los empleadores a los sectores menos beneficiados en lo que a derechos laborales se refiere: trabajadores del gremio de comercio, terciarizados, informales y en negro.